LA INMIGRACIÓN Y LOS DERECHOS HUMANOS
Carlos Olábarri Echevarría, Álvaro Pérez Arieta, Javier Martín Laucirica, Unai Falagán Herrezuelo, Iñaki Moreno Gayol
Responsabilidad humana y política
Desde hace tiempo el fenómeno migratorio ha suscitado numerosas cuestiones. En el caso de España, tras la transformación experimentada en los últimos años de una sociedad de emigración a otra de inmigración se contempla un rechazo social de los inmigrantes, basándose en informaciones y estereotipos no reales:
Primero, la "sobre-extranjerización", que está siendo exagerada por los medios de formación de la opinión pública, cuando en realidad el número de inmigrantes apenas alcanza el 2% de la población, porcentaje bastante bajo en comparación con países como Francia con 6,3% o Alemania con 7,5%.
En segundo lugar, entre la sociedad existe una impresión de que la mayoría de los inmigrantes son africanos, negros y trabajan en la agricultura o en la venta ambulante. Datos que no concuerdan con la realidad, ya que un 61% representa a inmigrantes en situación legal, blancos, europeos y trabajan en el sector servicios.
Por otra parte, una preocupación de la sociedad española es la dificultad de controlar los flujos migratorios ya que tras una época en la que se les llamó porque se les necesitaba, ha llegado una recesión económica y con ella la aplicación de medidas restrictivas a la entrada de inmigrantes.
Muchas veces el tratamiento que se da al problema de la inmigración no parte de un análisis de las causas, para después actuar sobre ellas, sino que se centra en las consecuencias negativas para el orden público o la seguridad nacional. De este modo se dan soluciones para erradicar las consecuencias y no las causas. Y visto esto nos damos cuenta que el punto de partida no ha sido el de los derechos humanos, sino el de orden público.
Por ello es necesario llevar adelante una política activa de inmigración, que se centre en las causas, tomando los poderes públicos la iniciativa en los movimientos migratorios, pudiendo conjugar elementos como:
Además, parece necesario realizar desde este momento una debida política de información sobre la convivencia con los extranjeros.
Derechos reconocidos a toda persona
Los derechos humanos básicos son los que corresponden por igual a toda persona, españoles y extranjeros. ¿Cuál es el fundamento de esto? El reconocimiento a la dignidad humana más allá de circunstancias accidentales.
Vivimos en la época, por el profesor Sima, como la época de la legislación motorizada en el ámbito nacional, pero en cuanto nos preguntamos sobre el número de tratados internacionales firmados sobre este asunto, vemos que la cosa cambia notablemente.
La O.N.U. en el folleto informativo nº 24 sobre los derechos humanos editada dentro de la campaña mundial de los derechos humanos nos informa sobre las medidas adoptadas en el plano internacional. La O.I.T. desde 1920 ha estado en vanguardia de los esfuerzos de garantizar y mantener un trato justo para los trabajadores inmigrantes y sus familias. Este esfuerzo se manifiesta de dos maneras:
Cuando la O.I.T presenta en 1995 un documento a la subcomisión de Prevención de discriminación y protección de minorías y miembros de sus familias: los aspectos más importantes son:
Dignidad humana
"Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos..."
"Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social y a obtener la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad".
"Toda persona que trabaje tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia una existencia conforme a los derechos humanos".
¿Y que entendemos por dignidad humana?, es el mínimo respeto a todo ser humano en cuanto tal.
Derecho a la personalidad jurídica
"Todo ser humano tiene derecho al reconocimiento de su personalidad jurídica".
Es la base del derecho humano. En siglos anteriores se negó a muchos extranjeros pero hoy a todo ser humano se le reconocen ciertos derechos.
Derecho a la vida e integridad física
"Todo individuo tiene derecho a la vida y a la integridad de la persona".
Tenemos que recordar que a pesar de celebrarse este año el 50 aniversario de la D.U.D.H. todavía no está defendido como debería este derecho. Hoy día el ataque a la vida humana se hace de muy diversas maneras, (destacan el racismo, ciertas ideologías...)
Prohibición de trato cruel, inhumano o degradante
"Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes" (art. 5 DUDH).
Esta prohibición es absoluta, es decir, no caben excepciones, ¿Dónde puede encontrarse este tipo de trato? En primer lugar en los procedimientos de expulsión de un extranjero a su país de origen, y en segundo lugar, en las redes de explotación que operan en numerosos Estados.
Derecho al trabajo (art. 23)
Sobre este tema nos gustaría antes que nada establecer unas disposiciones generales sobre la regulación de la inmigración en el ámbito laboral.
La Dirección General de Migraciones ha dicho "mientras haya un empresario dispuesto a emplear un trabajador extranjero en situación irregular, habrá uno o varios emigrantes dispuestos a trasladarse, afrontando los riesgos necesarios para acceder al empleo."
Nos referimos a personas que llegan al país con intención de trabajar. El extranjero se contempla desde un sentimiento de amenaza, a pesar de que los estudios recientes han defendido que puede complementarse el trabajo extranjero dentro del nacional. A pesar de este sentimiento el prof. Raimundo Aragón Bombín da tres motivos por los que no chocan inmigración y desempleo:
Centrando nuestra atención ya en el derecho al trabajo hay que hacer una distinción entre el derecho al acceso al trabajo y la existencia de derechos en el trabajo (post contractual).
En cuanto al acceso al trabajo tenemos que decir que su ejercicio está subordinado a la situación del empleo en el país. En cuanto al segundo, los Tribunales Internacionales exigen igualdad con los nacionales, incluso tratándose de trabajadores irregulares.
También hay que decir que está reconocido el derecho de los parados involuntarios para residir en el país de empleo en busca de otro puesto de trabajo.
En el mismo sentido el art. 8 de la Convención de la O.I.T., ratificado por España, prohibe el envío al país de origen el caso de desempleo involuntario, incluso en el caso de inmigrantes irregulares.
Ámbito asistencial social y educativo
La inmigración, incluso la irregular, conlleva toda una serie de aspectos sociales para los inmigrantes. A esto tenemos que decir que deberían recibir las mismas ayudas que los nacionales.
España es un Estado Social y democrático de derecho y así debe evitarse que los extranjeros sean vistos como competidores de las ayudas del estado.
La inmigración implica muchos factores que se relacionan entre sí y manifiesta el trato con personas humanas y no meros solicitantes de permisos. Por tanto, hay que lograr que los inmigrantes obtengan las mismas ayudas que los nacionales a pesar de que muchas de ellas ya estén conseguidas.
Constitución española y derechos humanos
La Constitución Española dice en el art. 13 que los extranjeros gozarán en España de las libertades publicas que garantizan el título I en los términos que establezcan los tratados que establezcan los tratados y la ley.
El nivel mínimo de derechos que se debe respetar coincide con la DUDH, con todo la tendencia es la de ir cumpliendo el estándar mínimo internacional, reconociéndoles derechos civiles y en algunos casos también políticos.
La experiencia nos ha demostrado que la mejor forma de conocer datos sobre la población es mediante el uso de gráficas, pero en lo que inmigración se refiere, nos topamos con el problema que supone la inmigración ilegal y no controlada (cuya actividad influye decisivamente en la curva del cálculo de extranjeros). El ejemplo más cercano y conocido es el de nuestro país, gran puente entre la floreciente Unión Europea y los países menos desarrollados del Magreb. Esta actuación ilícita está en continuo desarrollo porque, a la vez que los organismos oficiales continúan con sus recortes de cupos de admisión, la inmigración clandestina aumenta.
La recesión sufrida hace pocos años influyó negativamente en la población autóctona al aparecer en el seno de esta sociedad un progresivo sentimiento xenófobo. Sin embargo, estas sensaciones se revelan del todo falaces, como ya hemos comentado anteriormente, los extranjeros extra-comunitarios representan sólo un 2 % de la población, porcentaje muy por debajo de la media europea. Estos datos confirman la tesis de que nuestro país no es la meta a alcanzar por aquellos que añoran una mejora de la calidad de vida, sino una simple etapa que hay que pasar como requerimiento previo para poder alcanzar el sueño dorado.